De casualidad, encontré un artículo titulado "Importar sin problemas" en el periódico "Vanguardia", cuyo URL es el siguiente.

http://www.vanguardia.com.mx/importarsinproblemas-632733-columna.html

Hay algunas impresiciones (como cuando habla de "certificado fitosanitario", mencionando de animales; pues, como sabemos, en caso de animales, sería certificado zoosanitario, ¿verdad?), pero en general, es un buen artículo para aquellas personas que piensan comenzar a importar mercancías.  (además, como el tema es bastante extenso, es entendible que no se pudieron aclarar o poner toda la explicación en este artículo tan sencillo).

Pero tal vez, lo más grave es que dice (textualmente) "La factura comercial es el contrato y debe contener todos los detalles de la transacción...", ya que la factura, no se considera como un contrato.

Supongo que mucha gente que leyó este artículo tuvo "?" flotando alrededor de su cabeza.

Contrato, por su definición, es un acuerdo escrito y normalmente firmado por ambas partes (comprador y vendedor) sobre las obligaciones y derechos de cada una de las partes (aunque también se pueden detallar procedimientos para entrega, cobranza, etc.).

Entonces, un contrato es la culminación de la negociación, ¿verdad?  Pero en ese momento, aún no se le está entregando la mercancía al comprador por parte del vendedor, sino que en el mismo contrato se estipula normalmente cómo, dónde y en qué tiempo el vendedor debe entregar la mercancía al comprador.

Y como muchos de ustedes saben, cuando el vendedor embarca su mercancía hacia el comprador, es cuando emite su factura.  Y sobre la factura, el comprador deberá pagar (a menos que sea pago anticipado).

En este orden de ideas, podemos decir que la factura es un documento que está ligado con dos conceptos: Entrega de la mercancía y el Pago (cobranza desde el punto de vista del vendedor).

Por la parte del vendedor, al emitir su factura puede registrar su venta (desde el punto de vista contable) y además, sirve para su trámite aduanal de exportación (o trámite de SED, si es un vendedor norteamericano), y por parte del comprador, con la factura que recibe del vendedor (su proveedor) puede tramitar el despacho aduanal de importación y además justificar el pago por la mercancía, así como registrar como compra (como parte del activo de su empresa).

Y es obvio que la factura, en caso de ventas, también se constituye la prueba de que se transfirió el título y riesgo.  Es decir, en el lenguaje coloquial, se transfirió la posesión o propiedad sobre la mercancía; o aun más coloquial, pues, la mercancía cambió de dueño.

Cuando es una factura no comercial o pro forma, por ejemplo para embarque de alguna máquina que no le va a vender sino rentar o algo, no se aplica esto.  La factura sirve para comprobar la entrega y trámites aduanales, pero no se transfieren título y riesgo, o sea, esta máquina no cambia de dueño.

Entonces, está claro que la factura está ligada con la entrega de la mercancía y cobranza (o pago), como dije.  Y no constituye un contrato...

Seguiremos buscando más temas de comercio exterior...