Recientemente, CAAAREM (Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana) puso un sitio para difundir su 'propaganda'.

http://www.caaarem.org.mx/web_caaarem/ConoceAA.html

Aunque se ve 'bastante obvio' que la intención de poner este sitio es para promover sus agremiados, pero siento que contiene algunos consejos acertados y 'útiles'.

Como sabemos, el último párrafo de la Regla de Carácter General (RCG) entró en vigor el pasado 15 de enero, y como es una disposición que claramente está encaminada para eliminar el 'coyotaje' (aquí me está marcando error de ortografía mi navegador que es Firefox, pero según el Diccionario de Real Academia Española, sí existe este término y significa "acción de coyotear"), CAAAREM está uniendo con esto para que (según) los importadores no tengan problema.

En general, estoy de acuerdo, pues es mejor no utilizar los servicios de las compañías o individuos que no son agentes aduanales ni agencias aduanales para despachos aduaneros, debido a que al 'triangular' los servicios, se vuelve menos clara la cuestión de "quién tiene responsabilidad de qué".

En otras palabras, cuando uno tiene problema en algún trámite aduanal, le será más difícil deslindar responsabilidades entre la compañía (o individuo) que actúa como intermediario (o en un término más 'feo', "coyote") y el agente aduanal que realmente procesó el despacho.

Sin embargo, también quisiera dejar claro esto:  Entre los llamados "coyotes", no todos eran 'checos' o 'malos'.  Había (no sé si aún existan) algunas compañías que a través de convenios con varios agentes aduanales, promovían sus servicios de trámite aduanal, y además les ofrecían a sus clientes mejores tarifas que el nivel predominante en el mercado.

Y es evidente que hasta cierto punto se podría evitar el problema de responsabilidades, celebrando un contrato con el intermediario.

No obstante, dada la entrada en vigor de dicha Regla, supongo que ya desaparecieron estos 'intermediarios' o 'coyotes', o al menos están por desaparecer.

Por otra parte, también quisiera llamar atención a las compañías llamadas "forwarders" o en buen español "agencias de carga (aérea)", quienes normalmente incluyen el trámite aduanal dentro de sus servicios.

La razón es obvia.  Si antes este tipo de compañías podían facturar el servicio de trámite aduanal, ahora ya no; pues el RFC del agente aduanal que formuló y procesó el pedimento debe coincidir con el RFC de la factura por esos servicios.

Tengan cuidado si algunos de los que leen este 'blog' trabajan en 'forwarders'.

Por último, aunque sabíamos que los 'coyotes' estaban en la vía de extinción, de cualquier forma, me da algo de tristeza, sobre todo por reconocer que una época terminó...

Yo decía desde hace más de una década a la gente que tuviera cuidado con los coyotes, pero ahora ya no será necesario, y sólo quedó en nuestras memorias.